El plazo de presentación se extiende hasta el 24 de mayo y las solicitudes se pueden presentar de forma telemática o presencial.
- El plazo de presentación se extiende hasta el 24 de mayo.
- Toda la información, requisitos y el inicio del trámite sobre estas subvenciones se puede consultar siguiendo este enlace.
- Se pueden presentar de forma telemática o presencial.
5 de mayo de 2021. La Administración General del Estado cuenta con programas de ayudas en materia de vivienda, entre las que se encuentran el “programa de ayuda al alquiler de vivienda” y el “programa de ayuda a los jóvenes”.
En base a esos programas, se han convocado las ayudas correspondientes al año 2021, mediante la Orden 223/2021 de la Consejería de Vivienda y Administración Local, de fecha 28 de abril de 2021.
¿Quién puede ser beneficiario de estas ayudas al alquiler y al Programa de ayudas a jóvenes?
Ayudas al alquiler
-
Familias numerosas.
-
Familias monoparentales con cargas familiares.
-
Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género.
-
Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo.
-
Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad.
-
Unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado prestaciones.
-
Unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años
Ayudas específicas para jóvenes
Unidades de convivencia cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud. Los restantes miembros de la unidad de convivencia deberán ser también menores 35 años.