Canal de Isabel II anuncia bonificaciones para desempleados y empresas ante la crisis sanitaria del COVID-19

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Se trata de reducciones en las facturas de agua para trabajadores afectados por ERTE, instalaciones dedicadas temporalmente a usos sanitarios o funerarios y empresas e industrias con reducción de su actividad.

  • Se trata de reducciones en las facturas de agua para trabajadores afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), para instalaciones dedicadas temporalmente a usos sanitarios o funerarios y empresas e industrias que hayan visto reducida su actividad habitual.
  • Una vez estén aprobadas por la Comunidad de Madrid, todas estas bonificaciones podrán tramitarse a través de la Oficina Virtual de Canal de Isabel II.
  • Estas bonificaciones se pueden consultar íntegramente en la Web del Canal siguiendo este enlace.

Ante la situación extraordinaria en la que nos encontramos, debido a la pandemia del coronavirus Covid-19, el Consejo de Administración de Canal de Isabel II, S.A. aprobó medidas de apoyo económico a usuarios y empresas e instalaciones. Dichas medidas han sido trasladadas para su conocimiento.

De manera resumida, son las siguientes:

Los afectados por un ERTE, un expediente de regulación temporal de empleo, verán reducida su factura de agua en cerca de un 80% mientras dure su situación de desempleo. Tal y como informa la Web del Canal, los destinatarios de esta bonificación serán los usuarios domésticos afectados por expedientes de regulación temporal de empleo, motivados por la situación de alarma, siempre que no perciban más complementos salariales que la prestación por desempleo.

En este caso, estos usuarios podrán acogerse mientras dure el ERTE a la denominada tarifa social, por la cual se bonifica el 100 % de la parte variable de la factura hasta un consumo de 25 metros cúbicos al bimestre (consumo promedio para una familia de 4 personas), y el 50 % de la cuota fija. Esto supone una reducción aproximada del 79% en los recibos del agua.

También tendrán bonificaciones las instalaciones dedicadas temporalmente a uso sanitario o funerario, quienes no tendrán que abonar ninguna cantidad por el agua consumida; y las empresas e industrias que hayan visto reducida su actividad, quienes no abonarán la cuota fija y tendrán bonificaciones durante un año.

Más información: Canal de Isabel II

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