– Podrán solicitar las subvenciones todas las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, inscritas en el Registro de Entidades y Asociaciones del Ayuntamiento de Manzanares El Real.
– El plazo de presentación es de 10 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manzanares el Real. El importe total alcanza los 15.000 euros.
– El objetivo es promover acciones en los ámbitos de la solidaridad, el medio ambiente, la igualdad de género, el bienestar social y la promoción cultural y deportiva.
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15 de marzo de 2024. El área de Bienestar Social, Participación y Atención Vecinal nos presenta la convocatoria única para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones 2024, publicada hoy 15 de marzo de 2024.
Objeto, condiciones y finalidad de la subvención
La finalidad de estas subvenciones tiene por objeto la concesión de ayudas para el funcionamiento y organización de actividades de interés general de las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Manzanares El Real.
Criterios para la asignación de las subvenciones
Estos son los criterios para la valoración y concesión de cada subvención.
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- Que el proyecto a subvencionar sea complementario con respecto a las competencias y actividades municipales.
- Que exista déficit de actividades análogas en el municipio.
- En función de la representatividad de la entidad ciudadana solicitante, por su capacidad económica autónoma y por las ayudas que reciban de otras instituciones.
- Por la trascendencia de las actividades desarrolladas o programadas, teniendo en cuenta los recursos empleados a utilizar y sus destinatarios.
- Porque se fomente la participación vecinal y la promoción del bienestar social.
- Por el desarrollo de actividades y programas en colaboración con otras entidades locales.
- Por la innovación y el carácter novedoso de los proyectos.
¿Cómo se calculará la cuantía de las subvenciones?
Se procederá a valorar los proyectos presentados según los siguientes criterios:
- Cada asociación podrá presentar tantos proyectos como considere, no obstante el importe máximo subvencionable a cada asociación no superará en ningún caso los 3.500 €. Y, también en ningún caso, el importe de la subvención será superior al coste del proyecto.
- A criterio de la comisión de Valoración que se constituirá, se podrá dejar sin distribuir la dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria si la calidad o el número de los proyectos presentados no se considera suficiente.