La Comunidad de Madrid entra hoy en fase 2. Consulta horarios y actividades permitidos en Manzanares El Real

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Estas son las medidas concretas que establece la fase 2. Descarga en pdf

Manzanares El Real, como consecuencia de ser un municipio inferior a 10.001 habitantes y contar con una densidad poblacional media de 69,17 habitantes por kilómetro cuadrado, ya incorporó algunas medidas menos restrictivas, impuestas en el estado de alarma para la fase 2 prevista por el Gobierno de España.

Fue así que desde el 23 de mayo desaparecieron los límites horarios en los paseos y en la actividad deportiva en todos los sentidos, para los empadronados en la localidad. Esta circunstancia implicaba que no había ningún límite para la libre circulación a cualquier hora. Algo que, lógicamente, se mantiene.


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Indicamos las implicaciones de esta fase 2 en Manzanares El Real, por la razón antes expuesta, por su densidad poblacional y por contar con una población inferior a 10.001 habitantes, estando además la Comunidad de Madrid en dicha fase de desescalada.

Horarios:
Se mantiene la libre circulación a cualquier hora y sin límite de edad para los empadronados en el municipio.

Comercio y prestación de servicios:
Hostelería y restauración: Continúa el límite del 40% del aforo y el consumo dentro del local podrá realizarse sentados en mesas o agrupaciones de mesas; preferentemente con reserva previa.
Terrazas al aire libre: Se mantiene el límite de la ocupación del 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.

Desplazamiento entre Comunidades Autónomas:
No se podrá desplazar ningún ciudadano a otra Comunidad Autónoma distinta a la de su residencia, pudiendo desplazarse por la propia sin mayor restricción, en grupo, de un máximo de 15 personas. Este límite no se aplicará entre convivientes.

Lugares de culto y velatorios:
Se permite la asistencia sin que se supere el 50% del su aforo, como hasta ahora.
Velatorios: Continúa el mismo límite, con un máximo de 25 personas en espacios cerrados y 15 al aire libre, sean o no convivientes. La comitiva para la despedida de la persona fallecida será de un máximo de 25 personas.

Bodas:
Podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas que no supere un 50% de su aforo. Podrán asistir como máximo 100 personas en ceremonias al aire libre y 50 en espacios cerrados.

Turismo activo:
Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas. Estas actividades se concertarán preferentemente mediante cita previa.

Actividad laboral:
Siempre que sea posible se fomentarán la continuidad del teletrabajo, siguiendo las medidas de higiene y las de distancia de seguridad.

Piscinas:
Se pueden abrir las pisicnas al aire libre o cubiertas para la actividad deportiva. El límite del aforo será del 30%.

Hoteles:
Se pueden abrir al público las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, con la limitación de 1/3 del aforo; y con las limitaciones de la hostelería y restauración.
Podrán abrir sus piscinas, con el límite del 30% de su aforo; cantidad que se podrá rebajar si no se garantiza la distancia social.

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